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  • edneud11

    @edneud11 · #1 · 16/6/2008

    Pues eso si alguno conoce que es exactamente y puede explicarmelo, porque lo que ando leyendo por internet no me gusta nada de nada

    david el racinguista editó el mensaje el 8/8/2016 a las 15:43.

  • keli86

    @keli86 · #2 · 16/6/2008

    Racinguista seré hasta la muerte...

    Por lo que he leído y te advierto de antemano que no domino mucho el tema... Es una cantidad de dinero que el banco te retiene, y que sirve para evitar la indefensión jurídica en la que se ve el arrendador, ya que en ocasiones, la fianza y el mes por anticipado que es lo que la legislación exige, no es suficiente y en caso de problemas, el propietario arrendador puede quedarse "en bragas" ante los daños causados en su piso o el impago del arrendatario.
    Seguramente alguien por aquí sabe más.

  • racing83

    @racing83 · #3 · 16/6/2008

    ¡¡¡ Ainsss señor, llevale pronto !!!

    bueno yo estudie esto, pero he de decir, que han cambiado mucho el tema. Un aval bancario en resumen y con palabras cotidianas tu pagas mas dinero que del alquiler, para que el te alquila el piso, el tener unas garantias de pago, pero tu ese dinero no le puedes tocar, si lo necesistas, te dan por ahi, porque lo tiene el banco, en resumen no cuentas con el. Es beneficioso para el que te alquila el piso porque en un momento dado no tienes para pagar esa renta y tiran de ese dinero.
    El banco te avala cuando tu has dado ese dinero de mas que te piden. Cada banco te pedira unas cuantias diferentes al igual que unos requisitos.

    Pero como ya te digo han cambiado mucho las cosas yo que tu, iria a un banco y me informaria

  • kipling65

    @kipling65 · #4 · 17/6/2008

    Pasos para realizar un aval bancario.

    El arrendatario va al banco, ingresa la cantidad de dinero del aval (si no es cliente del banco) lo normal es que le pidan una cantidad mayor para que cubra los intereses del mismo.
    El arrendatario intentará ir al banco donde le conocen porque en él le darán las mejores condiciones.
    El arrendatario entrega en el banco el modelo de aval, muchas veces el banco no acepta exactamente ese modelo (casi siempre lo confecciona la propia entidad bancaria ) y pueden proponer otro, pero lo importante es que no cambien la sustancia del mismo

    Una vez aprobado el aval, normalmente los bancos pignoran la cantidad de dinero del aval a un fondo de inversión de poco riesgo para que al cliente le de este dinero un poco de interés. No pueden pignorarlo a un fondo de inversión de riesgo porque el banco no se puede arriesgar a perder el monto del aval.

    Una vez confeccionado, el arrendatario tendrá que firmarlo en frente de un Notario, que normalmente te indica el propio banco. El banco en la comisión del aval te incluye ya los gastos del Notario.
    Una vez terminado el proceso, ya tienes el aval bancario original, que es lo que le tendrás que dar al propietario de la vivienda cuando se confeccione el contrato de arrendamiento y es este mismo papel el que tendrá que devolverte cuando se rescinda el mismo para que tú recuperes tu dinero el día del arrendamiento.

    IMPORTANTE: En el contrato de arrendamiento debe ir reflejado que se entrega este aval bancario y hacer dos fotocopias del mismo y adherirlo a ambos contratos. También debe ir reflejado que el aval se devolverá cuando se rescinda el contrato de arrendamiento.

    El aval se entrega en el momento de la firma del contrato de arrendamiento NI ANTES, NI DESPUÉS.

    Gastos bancarios: comision trimestral del 7 por mil ( SE PUEDE NEGOCIAR)
    Gastos notaria: 3 por mil ( no se puede negociar)
    Importe; UNa anualidad
    arrendatario: inquilino
    arrendador: propietario

  • keli86

    @keli86 · #5 · 17/6/2008

    Racinguista seré hasta la muerte...

    Te falta añadir una cosa, que creo esencial, aún sin manejar este tema mucho... Inscribir la escritura del arrendamiento en el Registro de la Propiedad, haciendo constar en la anotación, el aval... Hay que cubrirse las espaldas, cuanto más, mejor.

  • edneud11

    @edneud11 · #6 · 17/6/2008

    es que eso estoy leyendo por internet en todos los sitios, y me mosquea, porque la de la inmobiliria me dijo que para nada es eso, es que el banco te avala en base a tu nomina y pagas unos 18-20 euros cada 3 meses, y cuando estuve en el banco haciendo la declaracion de la renta, me comento por encima algo similar que de 18 a 20 euros cada 3 meses ... la putada es que no estoy en cantabria y no puedo ir al banco, a ver si por telefono me dice como va la cosa, porque echando numeros, la broma me sale a pagar minimo en un año 780 euros, vamos que el dueño tiene claro si se piensa que voy a pagar esa pasta pa que el duerma tranquilo

  • kipling65

    @kipling65 · #7 · 17/6/2008

    Registrar el contrato en el registro de la propiedad eleva los gastos, no es necesario, el aval esta amparado en una pan ( pòliza de afianzamiento mercantil ) extendida por el banco.

  • kipling65

    @kipling65 · #8 · 17/6/2008

    Los bancos si no tienes el dinero necesario para que te presten la garantia te exigen domiciliar la nomina, no te la retienen, el importe de una nómina siempre estará a tu disposicion, no te pueden quitar dinero, nada mas que por mandamiento judicial y siempre un tanto por ciento fijada por el juez en sentencia.

    El domiciliar la nomina sirve como garantia para el banco, y asi te pueden colocar otros productos, tarjetas, seguros, domiciliaciones, etc.

    Los gastos del aval son siempre trimestrales, que serán los unicos que pagues despues de formalizar la operación.

  • edneud11

    @edneud11 · #9 · 17/6/2008

    He leido que hay que tener cuidado con que no incluya el contrato esta clausula:

    "podra ser ejecutado ante el incumplimiento de las obligaciones del arrendatario y a primer requerimiento del arrendador"

    Esto deja tu dinero en sus manos a poco mala gente que sea

    ha de poner esto

    "solo se podra ejecutar en caso de que exista un proceso judicial de reclamacion dineraria y una sentencia condenatoria hacia el arrendatario"

    Es complicado eso de la nomina kipling, el contrato ira a nombre de una persona que tiene que dejar su trabajo ahora, si le arreglan los papeles, pues podra domiciliar el paro, pero si no no puede domiciliar nada, y yo no puedo aparecer en el contrato, por tema de la subvencion y estar pendiente de un sorteo de un piso de proteccion oficial, a parte que en mi caso mi nomina es un caso extraño, tengo nominas unos 9 meses al año (unas 2 o 3 al mes) y los 3 meses restantes del inem

    edneud11 editó el mensaje el 17/6/2008 a las 12:12.

  • kipling65

    @kipling65 · #10 · 17/6/2008

    a la vista de lo expuesto, lo tienes complicado, lo mejor es que te busques alguien familiar o amigo, con suficiente solvencia en el banco para que avale la operación, sería la misma operacion.
    El banco recogeria la firma de tu avalista en una poliza de contragarantia para cubrirse y poder ejecutar la garantia por el aval prestado.

  • kipling65

    @kipling65 · #11 · 17/6/2008

    Los contratos de arrendamiento los venden en los estancos, son standar, no obstante lo puedes redactar como quieras siempre de acuerdo de ambas partes.

  • DAVOR

    @DAVOR · #12 · 17/6/2008

    Haber que veo que os liais y yo si que tengo aval bancario.Un aval bancario no es mas que una garantia que da el banco al arrendador que va a cobrar todos los meses,si en el caso que tu no pages lo tuviese que adelantar el banco este te cobraria sobre un 25 o 29 % mas de lo que sueles pagar tu el mes,aparte tambien te cobraria estudio de aval,notario,seguro y garantias¡¡vamos un buen pellizco!!dependiendo del tipo de aval,trimestral,semestral o anual pueden no garantizarte el dartelo porque pueda ser una cantidad muy elevada para lo que ingresas.

  • kipling65

    @kipling65 · #13 · 17/6/2008

    no es nigun lio davor, tu tienes un aval como lo tiene mucha gente, estamos diciendo lo mismo.
    Lo que veo abusivo que en caso de impago el banco te cobre el 25% del importe.
    Las comisiones por impago no pueden exceder del tipo maximo de prestamo determinado por el mercado interbancario, me parece que es el 17% de interes anual.

    el 25% o 29% que refieres creo que es la comision de descubierto. si esta pactado en póliza lo tiene complicado para arreglarlo, suele venir en la letra pequeña.

  • edneud11

    @edneud11 · #14 · 17/6/2008

    Pues yo prefiero que me cobre el 70 % por no pagar a que me meta todos los meses X dinero, o tenga que tener la pasta ahi congelada ...

    Respecto de la solvencia en el banco no es el problema, si tenemos una cuenta vivienda y vamos no habria problema por ahi, el problema es tener esa pasta congelada sin rendir y encima pagando por ella

  • DAVOR

    @DAVOR · #15 · 17/6/2008

    A mi no me congelan ningun dinero

  • edneud11

    @edneud11 · #16 · 17/6/2008

    a ti no? joer no lo entiendo todo el mundo dicen que si, llamo al banco y na, la que me lo dijo anda de vacaciones y hasta la 13.30 no viene el que sabe, madre mia ...

    davor si no es mucho meterme en tu vida privada, pasame por mensaje privado, si quieres, de cuanto es tu aval, mensual, trimestral de 6 meses, de un año, y cuanto el alquiler y cuanto pagas al banco porque te avale, para hacerme una idea

    edneud11 editó el mensaje el 17/6/2008 a las 13:55.

  • Paburo

    @Paburo · #17 · 17/6/2008

    a ver, no os monteis lios, yo ahora en madrid estoy en un piso en alquiler con aval

    ¿En qué consiste? primero el banco a de acreditar que puedes mantener un aval, no dejan a todo el mundo tener un aval.

    Hacer el aval, no implica tener ese dinero congelado, el aval es un documento que "avala" al que alquila la casa, para que en caso de desperfectos, pueda retirar la cantidad pactada en el aval, de la cuenta asociada a ese aval Si tienes 10.000? en la cuenta y el aval es de 5000 y lo hacen efectivo, te retiran 5000? sin más explicaciones. En el contrato del aval, hay que especificar muy claramente, en qué situaciones se puede hacer efectivo el cobro de ese aval.

    El coste de hacer el aval es bajo, notario y poco más, no recuerdo si llegaba a los 100?. Antes de realizar un aval, es conveniente hablar con el arrendatario, para intentar llegar a un acuerdo de caballeros, es decir, que si el propietario considera que han habido desperfectos, que lo valore y presente el presupuesto y luego pagarlo en ingreso en cuenta entre los que seais en la casa si sois más de 1 o acordar pagárselo en plazos si andas canino en la cuenta del aval.

    Este acuerdo es el que yo tengo con mi casero, el aval está a mi nombre, el único que se digna o atreve o el tonto, como lo querais decir, hablar con el casero para cualquier asunto de la casa soy yo y como no me fió de que esta gente cubra su parte del aval, somos 4 en la casa, yo acordé lo anterior con el casero, que si había deperfectos, que nos dijera por cuánto y le hacíamos ingreso en cuenta.

    Por lo general, nadie se niega, ya que si no se hace el ingreso en cuenta, se tiene el aval.

  • kipling65

    @kipling65 · #18 · 17/6/2008

    para terminar este asunto, el banco no te congela ningun dinero, si la garantia que te pide en dineraria ( ej. un cta. a plazo,un fondo de inversion, cta. cte.,) el banco de pignora la cantidad suficiente para garantizar la operacion mientras dure la misma, el dinero te seguira produciendo en la que tengas invertido.

    NOrmalmente con domiciliar la nomina te bastaria, las garantias dinerarias se piden dependiendo de la entidad, lo que interesa en ese momento: coger recursos o vender productos, lo que marque la entidad en ese momento.

    Bueno ya os he dado bien la barrila, no quiero hablar de estos temas, yo ya estoy en la reserva.

  • edneud11

    @edneud11 · #19 · 17/6/2008

    Bueno al final he podido hablar con el banco por telefono, os comento lo que me han dicho por si en algun momento otro esta en la misma situacion, el banco no nos retiene ningun dinero de la cuenta, y ellos serian los avalistas si hay un impago, se me olvido preguntarle lo que me cobran por abrir el aval este o formalizarle y al final tengo que pagar al banco mas o menos entre el 2 o 3 % del total del aval, sale este % anual, y se paga cada 3 meses

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